Luego de la declaración ampliada hecha el martes ante la Fiscalía por Milagros, la joven venezolana que denunció haber sido drogada y abusada sexualmente, la Oficina de Violencia Doméstica (OVD) de la Corte Suprema de Justicia de Argentina emitió un informe en el que determinó que hay una situación de «altísimo riesgo psico físico emocional» para la víctima.
La OVD es la instancia responsable de recibir el relato de posibles víctimas y elaborar un informe de riesgo, a cargo de profesionales del derecho, la medicina, la psicología y el trabajo social. El informe permite evaluar el riesgo al que está expuesta la persona afectada, en el momento en que realiza el relato.
En el caso de la joven venezolana, la OVD concluyó que existe la situación de altísimo riesgo psico físico emocional, en función de «una clara violencia simbólica y sexual, en tanto un hombre se creía dueño de la voluntad de una mujer, a quien tomaría como un objeto, abusando de su dignidad y humillándola con su accionar».
La pericia también toma en cuenta las «marcas existentes en su cuerpo» y la «interseccionalidad de vulnerabilidades» por parte de la joven, debido a su edad, género, condición de migrante, situación económica, nivel de instrucción y la enfermedad que atraviesa su padre, quien sufrió recientemente un ACV.
Además, el informe determina que hay «asimetría de poder» por la condición jerárquica laboral, al ser el presunto abusador el empleador de la víctima.
Tras escuchar a la joven, la OVD detectó que presenta «un cuadro de estrés pos-traumático, trastornos del sueño, presencia de pesadillas, ansiedad, conductas de aislamiento social, instrospección, temor al afuera y prevalencia de sentimientos de culpa«.
Finalmente, la Oficina concluye que se habrían violado los derechos a la intimidad, integridad sexual, libertad y dignidad de la persona.
Patrón de comportamiento
El informe de la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte Suprema de Justicia de Argentina también determina que el imputado, Irineo Humberto Garzón Martínez, evidencia «un patrón de comportamiento a repetición», ya que «habría ejercido conductas similares con otras mujeres».
El documento destaca que el acusado presenta características de «manipulación, con su accionar pregonaría un pensamiento estereotipado que sostendría el lugar de la mujer como un objeto a poseer, impunidad, rasgos perversos, modalidad de acecho tendiente a lograr un objetivo«.
Por lo expuesto, la Oficina pide la realización de «una evaluación psicodiagnóstica» al señor Garzón Martínez, con el fin de «contar con elementos que permitan realizar derivaciones e indicar tratamientos acordes; previendo la reiteración de sus conductas para con otras jóvenes».
Además, la OVD solicita que se dicten medidas que resguarden la seguridad personal de la joven, de sus datos personales y de su familia.
Y añade que «más allá de las medidas de protección urgente, se active la protección integral, y se ponga en perspectiva la gravedad de los hechos, logrando que se sancione el accionar abusivo como forma de reparación subjetiva para la víctima, priorizando el deber del Estado de actuar con debida diligencia conforme a la normativa vigente y lo previsto en Convenciones Internacionales».