La Corte Suprema de Panamá (CSJ) dijo este miércoles que el matrimonio entre personas del mismo sexo «no tiene categoría de derecho humano y tampoco derecho fundamental», en un fallo en contra de la unión igualitaria.
«En el fallo se indica que hay una realidad, y es que, hasta ahora, el derecho al matrimonio igualitario no pasa de ser una aspiración que, aunque legítima para los grupos implicados, no tiene categoría de derecho humano y tampoco de derecho fundamental, siendo que carece de un reconocimiento convencional y constitucional».
Así lo indicó el Pleno de la Corte Suprema de Justicia, en un fallo que declara que no son inconstitucionales la frase «entre un hombre y una mujer», contenida en el artículo 26 del Código de la Familia, ni la expresión «las personas de ese mismo sexo», incluida en el precepto 34, numeral 1, de la misma norma, indicó un comunicado del Órgano Judicial.
La Corte Suprema respondió a una serie de demandas presentadas desde 2016 que solicitaban declarar «inconstitucional» las leyes en contra del matrimonio igualitario que impendían reconocer al menos tres casos de uniones entre personas del mismo sexo celebrados en el exterior.
La Corte Suprema argumento que «no tiene facultad para decretar o proclamar derechos fundamentales que no estén positivizados e incidir en la eficacia y vigencia del contenido normativo del texto constitucional por más cambios que se sucedan en la realidad, aún cuando estos tengan la entidad suficiente para producir una mutación constitucional».
«Las normas que disponen que el matrimonio debe concertarse voluntariamente entre un hombre y una mujer, legalmente capaces para unirse, y hacer, y compartir una vida en común, y las que de manera concomitante prohíben que contraigan matrimonio entre sí personas del mismo sexo están objetiva y razonablemente justificadas en el interés general de dar prevalencia a aquellas uniones con el potencial de instaurar familias, dar continuidad a la especie humana y, por ende, a la sociedad», dijo la magistrada ponente, María Eugenia López Arias.
Cabe destacar que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) hizo un llamado vehemente a Panamá en octubre de 2020 para que garanticen los derechos de la población población sexualmente diversa y LGBTI con los estándares.
Al contrario que sus vecinos Colombia y Costa Rica, en Panamá aún está prohibido el matrimonio igualitario, un reclamo constante de los activistas que exigen que se apruebe ese derecho humano reconocido por la comunidad internacional.
Con información de EFE