Costa Rica creó una categoría especial temporal de protección complementaria para los venezolanos, cubanos y nicaraguenses.
El estatus tendrá una duración de dos años, prorrogable por dos años más, y se aplicará a los venezolanos que tengan una resolución denegatoria de refugio y que hayan entrado a ese país entre el 1 de enero de 2016 y el 18 de marzo de 2020.
Quienes reciban este beneficio tendrán derecho a desempeñarse en cualquier actividad laboral remunerada.
El comisionado de la OEA para la crisis venezolana, David Smolansky, consideró que «esta decisión es un gran paso para integrar a los refugiados que huyen del régimen de Maduro. En Costa Rica hay más de 40 mil migrantes y refugiados venezolanos y se estima que más del 10% podría calificar para este decreto», indicó.