La Corte Penal Internacional (CPI) ordenó que las voces de las víctimas sean escuchadas en el marco de la apelación presentada por el gobierno de Venezuela ante la Sala de Apelaciones de la CPI contra la Decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I que autorizó a la Fiscalía de la CPI continuar con la investigación por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela.
El 24 de agosto de 2023, la Sala de Apelaciones de la CPI instruyó a la Sección de Participación y Reparación de las Víctimas (VPRS) que recopile y transmita las opiniones y observaciones de cualquier víctima o grupo de víctimas interesados, con la asistencia de sus representantes legales si así lo desean, sobre la cuestión de si, en su opinión, la Decisión del artículo 18 (2) del Estatuto de Roma que permite la reanudación de la investigación por el Fiscal de la CPI debe ser confirmada, modificada o revocada en apelación, publicó Defiende Venezuela.
Esta medida reafirma el compromiso de la CPI de asegurar la participación de las víctimas en los procedimientos judiciales relacionados con presuntos crímenes de lesa humanidad. Al permitir que las víctimas y los grupos de víctimas interesados presenten sus opiniones, la CPI garantiza que sus voces sean escuchadas y consideradas en el proceso de apelación.
La apelación presentada por Venezuela se refiere a la decisión previa de la Sala de Cuestiones Preliminares I que autoriza a la Fiscalía de la CPI a continuar con la investigación de presuntos crímenes de lesa humanidad en la Situación de Venezuela I. En su apelación, el gobierno de Venezuela argumentó que la Decisión de la Sala de Cuestiones Preliminares I incurrió en seis errores de hecho y de derecho que vulneran disposiciones fundamentales del Estatuto de Roma y del Derecho Internacional.
El Gobierno venezolano argumentó que la Sala de Cuestiones Preliminares I desechó -sin fundamento- la mayor parte de las pruebas presentadas por Venezuela que demuestran la productiva labor del sistema de justicia en la investigación y sanción de delitos ocurridos en el país. Además adujo que las pruebas valoradas por la Sala fueron seleccionadas por la Fiscalía de la CPI en perjuicio de Venezuela.
Al igual que en el procedimiento de apelación en la República de Filipinas, la Sala de Apelaciones consideró apropiado que las víctimas participen en el procedimiento de apelación. La participación en el proceso será en el contexto de los procedimientos del artículo 18 (2) del Estatuto de Roma mediante la realización de “representaciones”. La VPRS tendrá el mandato de recopilar y transmitir a la Sala de Apelaciones las opiniones de las víctimas. El lapso para presentar el informe es el 17 de octubre de 2023.
La decisión de la CPI demuestra su compromiso con la justicia y la rendición de cuentas. Al escuchar las perspectivas de las víctimas, se fortalece la transparencia y la legitimidad del proceso judicial internacional. La Corte Penal Internacional continuará trabajando con diligencia para llevar a cabo una investigación imparcial y justa.
A continuación la decisión de la CPI:
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