La presidenta del partido Encuentro Ciudadano (EC), Delsa Solórzano, reaccionó a los insultos de Nicolás Maduro hacia el candidato presidencial unitario, Edmundo González Urrutia, al llamarlo «viejo decrépito».
«Candidato Maduro, Ud no solo viola la normativa electoral, sino la dignidad del adulto mayor en Venezuela«, expresó Solórzano a través de un video publicado en sus redes sociales.
Este sábado, durante un acto de campaña en el estado Lara, Maduro insultó a González Urrutia y a la líder de la oposición, María Corina Machado, al llamarlos «decrépitos» delante de los asistentes.
«Hay un viejo decrépito que quiere tomar el poder en Venezuela. Es el viejo decrépito del capitalismo salvaje. Es el viejo decrépito que ha acabado con pueblos que provocó el 27 de febrero en Venezuela. ¿Vamos a dejar que ese viejo decrépito que es el capitalismo salvaje vuelva al poder en Venezuela? Pero también por ahí anda una vieja decrépita, la vieja ideología del fascismo, que es una ideología descrépita. La vieja desprépita de la ideología del odio y del fascismo. ¿Vamos a dejar que esa vieja decrépita de la ideología fascista venga y provoque una guerra civil en Venezuela? ¿Ustedes quieren un baño de sangre en Venezuela, que la vieja decrépita de la ideología fascista desate la cacería contra el pueblo y la matanza general?», expresó Maduro.
Aseguró que «la vacuna para el viejo decrépito del capitalismo salvaje y de la vieja decrépita de la ideología del odio y del fascismo, es el poder comunal, el pueblo en la calle, organizado».
Maduro, desde Lara: «Hay un viejo decrépito que quiere tomar el poder (…) y también por ahí anda una veja decrépita» https://t.co/NtcAuTuGHh pic.twitter.com/2tVyKRK19M
— Monitoreamos (@monitoreamos) July 6, 2024
Leyes violadas
La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su artículo 145 que «los funcionarios públicos y funcionarias públicas están al servicio del Estado y no de parcialidad alguna. Su nombramiento o remoción no podrán estar determinados por la afiliación u orientación política. Quien esté al servicio de los Municipios, de los Estados, de la República y demás personas jurídicas de derecho público o de derecho privado estatales, no podrá celebrar contrato alguno con ellas, ni por sí ni por interpósita persona, ni en representación de otro u otra, salvo las excepciones que establezca la ley».
El Reglamento de la Ley Orgánica de Procesos Electorales en su artículo 222 señala que «los organismos públicos nacionales, estadales o municipales no podrán realizar publicidad y propaganda electoral, y en tal sentido, no podrán difundir mensajes destinados a promover, auspiciar o favorecer determinada candidatura u organización con fines políticos o grupo de electoras y electores, y comunidades u organizaciones indígenas, así como todo aquello que promueva o tienda a promover la imagen negativa de alguna candidata o candidato, organización con fines políticos, grupo de electoras y electores y comunidades u organizaciones indígenas. No se permitirá el uso de los bienes propiedad de la República, ni de los estados o municipios con el fin de favorecer o promover una candidatura o realizar propaganda electoral».
Mientras que la Ley contra la Corrupción reitera en su artículo 14 que «las funcionarias, funcionarios, empleadas públicas y empleadospúblicos e stán al servicio del Estado y no de parcialidad política o económica alguna. En consecuencia, no podrán destinar el uso de los bienes públicos olos recursos que integran el patrimonio públ ico para favorecer a partidos o proyectos políticos, o a intereses económicos particulares».
En este sentido, la ley prevé que «la funcionaria pública o funcionario público que abusando de sus funciones, utilice su cargo para favorecer o perjudicar electoralmente a un candidato, grupo, partido o movimiento político, será sancionada o sancionado con prisión de un (1) año a tres (3) años».