La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió el jueves proteger los derechos de un menor migrante venezolano abandonado por su familia. El alto tribunal le ordenó al Ministerio de Relaciones Exteriores otorgarle al niño la nacionalidad colombiana y al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar adelantar el registro civil.
De esta forma, el alto tribunal le garantizará al menor los derechos al debido proceso, vida digna, al cuidado y amor, a la igualdad y a tener una familia y no ser separado de ella.
El caso llegó a la Sala Plena gracias a una defensora de familia que abrió un proceso para el restablecimiento de los derechos del menor. El niño tiene tres años y quedó al cuidado de una mujer después de ser abandonado y se desconocen los datos para ubicar a algún familiar del infante.
La decisión de brindarle la nacionalidad colombiana no solo favorecerá a este menor en particular, sino que será inter comunis, es decir, aplicará para los niños, niñas y adolescentes Venezolanos que estén en condición de abandono.
Para aplicar a la norma, los migrantes deberán estar mínimo un año en el territorio. “Aquellos menores de edad de origen venezolano, migrantes irregulares y en situación de abandono probado, que acrediten como mínimo un año de domicilio permanente y continuo en Colombia, para efectos exclusivos de que se les tramite la nacionalidad colombiana por adopción”, se lee en el fallo.
La decisión la tomaron los nueve magistrados de la Sala Plena de manera unánime; sin embargo, hubo cuatro salvamentos por parte de los togados Natalia Ángel, Diana Fajardo, Alejandro Linares y Antonio José Lizarazo. “No están de acuerdo de extender los efectos inter comunes a todos los niños migrantes venezolanos en situaciones similares. Sólo en el caso concreto”, explicó el alto tribunal en un comunicado.
El fallo regirá mientras no exista una ley o una regulación definitiva “o se mantenga el bloqueo institucional a que se refiere la parte motiva de esta sentencia, para que se beneficie a toda la población de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en la misma situación fáctica”. Por esa razón, la Corte exhortó al Congreso y al Gobierno nacional legislar sobre el tema con una votación de 4-5; quienes estuvieron en contra fueron los magistrados ya mencionados.